Socio fundador del Despacho y abogado con más de 35 años de experiencia. Catedrático y…

Expertos en delitos de acoso sexual. Consiga el mejor resultado posible gracias a la mejor defensa penal
En JDV ABOGADOS nos componemos de un equipo de abogados especialistas en Derecho Penal y en todos los tipos delictivos, con más de 25 años de experiencia tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado.
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Los delitos de acoso sexual protegen la integridad física y moral de una persona. Se castiga a aquella persona que solicite favores sexuales para sí o un tercero.
El delito de acoso sexual tienen un alto grado de complejidad sustantiva y procesal. Se requiere formación, especialización y dilatada experiencia en la tipología del delito y sus presupuestos para coordinar una correcta estrategia procesal. En estos procedimientos cualquier detalle puede ser decisivo a la hora de ser condenado o absuelto. Es esencial contar con la defensa especializada de abogados expertos en Derecho Penal Económico que conozcan a la perfección el Código Penal, la reciente jurisprudencia y el funcionamiento de los procedimientos penales, a fin de establecer las mejores estrategias de defensa.
En JDV Abogados Penalistas somos abogados expertos en delitos de acoso sexual. Tenemos una experiencia de más de 25 años en el ámbito de estos delitos y sus formas, tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado.
Equipo jdv
Socio fundador del Despacho y abogado con más de 35 años de experiencia. Catedrático y…
Abogada ejerciente desde el año 2014. Graduada en Derecho por la Universidad de Barcelona (UB).…
En aquellos casos en los que una persona solicite favores sexuales, para sí o para un tercero, en el ámbito de una relación laboral, docente, o similar, de forma continuada, provocando una situación hostil y humillante.
Artículo 184 y siguientes del Código Pena
Las penas de prisión por la comisión de un delito de acoso sexual oscilan entre los 6 y 12 meses de prisión o multa de 10 a 15 meses. También implica la inhabilitación para el ejercicio de su profesión o actividad durante el plazo de 12 a 15 meses.
Si el autor hubiera cometido el hecho prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o jerárquica, o sobre persona sujeta a su guarda o custodia, o con el anuncio expreso o tácito de causar a la víctima un mal relacionado con las expectativas que aquellas pueda tener en el ámbito de la propia relación, se impondrán penas de prisión que oscilan entre 1 y 2 años e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión o actividad de entre 18 a 24 meses.
Pena superior en grado. Se aplicará cuando la víctima se encontrara en una situación de especial vulnerabilidad por razón de edad, enfermedad o discapacidad.
Si una persona jurídica (empresa) fuere responsable de este delito se le impondrán penas de multa de 6 meses a 2 años.
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