Delito de atentado contra la autoridad

Expertos en delitos contra la autoridad. Consiga el mejor resultado posible gracias a la mejor defensa penal

En JDV ABOGADOS nos componemos de un equipo de abogados especialistas en Derecho Penal y en todos los tipos delictivos, con más de 25 años de experiencia tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado.

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Abogados especialistas en delitos contra la autoridad en Barcelona

El delito contra la autoridad consiste en agredir u oponer resistencia grave a los funcionarios públicos, la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones. El bien jurídico protegido es el correcto funcionamiento de los servicios y funciones públicas que garantizan el orden público.

Se requiere formación, especialización y dilatada experiencia en la tipología del delito y sus presupuestos para coordinar una correcta estrategia procesal. En estos procedimientos cualquier detalle puede ser decisivo a la hora de ser condenado o absuelto. Es esencial contar con la defensa especializada de abogados expertos en Derecho Penal que conozcan a la perfección el Código Penal, la reciente jurisprudencia y el funcionamiento de los procedimientos penales, a fin de establecer las mejores estrategias de defensa. 

En JDV Abogados Penalistas somos abogados expertos en delitos contra la autoridad. Tenemos una experiencia de más de 25 años en este tipo de procedimiento y sus formas, tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado del delito contra la autoridad.

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    ¿Cuándo existe delito de atentado contra la autoridad?

    En aquellos casos en los que una persona agrediera u opusiera resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, cuando se encontraran desarrollando las funciones de su cargo. 

    Artículo 550 y siguientes del Código Penal

    Penas por la comisión de un delito de atentado contra la autoridad

    Las penas por la comisión de un delito de atentado contra la autoridad oscilan entre 1 y 4 años y multas de 3 a 6 meses si el atentado fuera contra otras personas como agentes de la autoridad.

    Si la autoridad contra la que se atentare fuera miembro del Gobierno, de los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, del Congreso de los Diputados, del Senado o de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, de las Corporaciones locales, del Consejo General del Poder Judicial, Magistrado del Tribunal Constitucional, juez, magistrado o miembro del Ministerio Fiscal, las penas de prisión oscilarán entre 1 y 6 años y multa de 6 a 12 meses. 

    Pena inferior en grado. Se impondrá la pena inferior en grado cuando únicamente se produzca la provocación, la conspiración y/o la proposición del delito de atentado.

    Pena superior en grado. Se impondrá la pena superior en grado cuando el delito de atentado se comenta:

    – Haciendo uso de armas u otros objetos peligrosos.

    – Cuando el acto de violencia ejecutado resulte potencialmente peligroso para la vida de las personas o pueda causar lesiones graves (ejemplo lanzamiento de objetos o líquidos inflamables). 

    – Acometiendo a la autoridad, a su agente o al funcionario público haciendo uso de un vehículo de motor.

    – Cuando los hechos se lleven a cabo con ocasión de un motín, plante o incidente colectivo en el interior de un centro penitenciario.

    Cómo trabajamos

    • Nuestros abogados penalistas asesoran al cliente desde el primer momento, proporcionándole los mecanismos y estrategias de defensa y/o acusación más adecuados en relación a su caso.
    • Proporcionamos a nuestros Clientes una asistencia letrada integral y especializada a cada supuesto.
    • Velamos para que los derechos de nuestro defendido sean protegidos en todo momento, escogiendo la mejor estrategia y persiguiendo las mayores opciones de éxito para el cliente.
    • Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.

    Pon tu tranquilidad en nuestras manos