Delitos contra la integridad física

Expertos en delitos contra la Integridad física. Consiga el mejor resultado posible gracias a la mejor defensa penal

En JDV ABOGADOS nos componemos de un equipo de abogados especialistas en Derecho Penal y en todos los tipos delictivos, con más de 25 años de experiencia tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado.

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Abogados especialistas en delitos de lesiones en Barcelona

Una persona será condenada por un delito de lesiones cuando cause una lesión a otra persona que implique un menoscabo de su integridad corporal, o de su salud física o mental. El concepto lesión se entiende como una dolencia negativa a la salud (física o mental) del afectado causada por un tercero por acción u omisión. El bien protegido de los delitos contra la integridad física es la salud y la integridad tanto física como mental. 

Los delitos contra la integridad física tienen un alto grado de complejidad sustantiva y procesal. Se requiere formación, especialización y dilatada experiencia en la tipología del delito y sus presupuestos para coordinar una correcta estrategia procesal. En estos procedimientos cualquier detalle puede ser decisivo a la hora de ser condenado o absuelto. Es esencial contar con la defensa especializada de abogados expertos en Derecho Penal que conozcan a la perfección el Código Penal, la reciente jurisprudencia y el funcionamiento de los procedimientos penales, a fin de establecer las mejores estrategias de defensa. 

En JDV Abogados Penalistas somos abogados expertos en delitos de lesiones. Tenemos una experiencia de más de 25 años en el ámbito de los delitos contra la integridad física y sus formas, tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado.

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    ¿Cuándo existe delito de lesiones?

    En aquellos casos en los que una persona cause a otra una lesión que menoscabe su integridad corporal o salud física o mental, siempre y cuando la lesión provocada requiera de una primera asistencia médica.

    Artículo 147 y siguientes del Código Penal

    Penas por la comisión de un delito de lesiones

    Las penas de prisión por la comisión de un delito de lesiones oscilan entre los 3 meses y 3 años de prisión.

    Si se causaran lesiones que no requirieran de tratamiento médico o quirúrgico a la persona causante se le impondrán penas de multa de 1 a 3 meses.

    El simple acto de golpear o maltratar a alguien sin causar lesión implica una pena de multa de 1 a 2 meses.

    Se impondrán penas de prisión de 2 a 5 años en los siguientes supuestos:

    – Empleo de armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.

    – Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.

    – Si la víctima fuere menor de catorce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.

    – Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.

    – Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.

    Cómo trabajamos

    • Nuestros abogados penalistas asesoran al cliente desde el primer momento, proporcionándole los mecanismos y estrategias de defensa y/o acusación más adecuados en relación a su caso.
    • Proporcionamos a nuestros Clientes una asistencia letrada integral y especializada a cada supuesto.
    • Velamos para que los derechos de nuestro defendido sean protegidos en todo momento, escogiendo la mejor estrategia y persiguiendo las mayores opciones de éxito para el cliente.
    • Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.

    Pon tu tranquilidad en nuestras manos

    Preguntas Frecuentes

    Es un delito que se constituye como parte del grupo de delito contra la integridad física de las personas. Para su perfeccionamiento es necesario que haya un daño físico constatable mediante un informe médico que así lo acredite.

    Será delito de lesiones cuando para curar las heridas se precise más de una asistencia médica y será delito leve cuando no requiera de asistencia médica facultativa.

    Si has sufrido una agresión deberás acudir a la comisaría, guardia civil o juzgado de guardia más cercano e interponer una denuncia. Es recomendable previamente acudir a urgencias para recibir tratamiento y obtener un informe médico donde se especifiquen las lesiones sufridas.

    Sí, la víctima de un delito tiene el derecho a ser asistido por abogado durante todo el procedimiento para que éste pueda proponer la prueba que considere necesaria, personándose como acusación particular. Sin embargo, si la víctima decidiese no tener abogado, el Ministerio Fiscal sería el encargado de sostener la acusación, si lo considera pertinente, contra el acusado.

    Sí, la víctima tiene derecho a ser informada del estado del procedimiento penal.