Delito de amenazas

Expertos en delitos de amenazas. Consiga el mejor resultado posible gracias a la mejor defensa penal

En JDV ABOGADOS nos componemos de un equipo de abogados especialistas en Derecho Penal y en todos los tipos delictivos, con más de 25 años de experiencia tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado.

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Abogados especialistas en delitos de amenazas en Barcelona

El delito de amenazas consiste en aquellas acción dirigida a expresar el propósito de ocasionar un daño futuro a una persona o a sus familiares. Estas actitudes son condenadas por el Código Penal.

Se requiere formación, especialización y dilatada experiencia en la tipología del delito y sus presupuestos para coordinar una correcta estrategia procesal. En estos procedimientos cualquier detalle puede ser decisivo a la hora de ser condenado o absuelto. Es esencial contar con la defensa especializada de abogados expertos en Derecho Penal que conozcan a la perfección el Código Penal, la reciente jurisprudencia y el funcionamiento de los procedimientos penales, a fin de establecer las mejores estrategias de defensa. 

En JDV Abogados Penalistas somos abogados expertos en delitos de amenazas. Tenemos una experiencia de más de 25 años en el delito de amenazas y sus formas, tanto en la defensa del investigado como de la víctima y/o perjudicado del delito de amenazas.

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    Equipo jdv

    ¿Cuándo existe delito de amenazas?

    En aquellos casos en los que una persona amenazara a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado, un mal que constituya delito o no. Esta circunstancia modificará la gravedad del delito.

     

    Artículo 169 y siguientes del Código Penal

    Penas por la comisión de un delito de amenazas

    Las penas de prisión por la comisión de un delito de amenazas oscilan entre 1 y 5 años, siempre y cuando se hubiera amenazado exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y se hubiera alcanzado el propósito. Si no se consiguiera  el propósito las penas de prisión oscilan entre los 6 meses y 3 años.

    Las penas de prisión oscilarán entre 3 meses y 1 años cuando la amenaza de un mal no fuere delito. Se impondrá la pena en su mitad superior si se alcanza el propósito.

    Las penas de prisión oscilarán entre 2 y 4 años cuando se exigiera una determinada cantidad bajo la amenaza de difundir hechos referentes a su vida privada o relaciones familiares que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a su fama, crédito o interés.

    Las penas de prisión oscilan entre los 6 meses y 1 año cuando se amenace levemente a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia.

    Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.

    Las penas de prisión oscilan entre los 3 meses y 1 año cuando la amenaza leve se llevara a cabo con armas u otros instrumentos peligrosos.

    Cómo trabajamos

    • Nuestros abogados penalistas asesoran al cliente desde el primer momento, proporcionándole los mecanismos y estrategias de defensa y/o acusación más adecuados en relación a su caso.
    • Proporcionamos a nuestros Clientes una asistencia letrada integral y especializada a cada supuesto.
    • Velamos para que los derechos de nuestro defendido sean protegidos en todo momento, escogiendo la mejor estrategia y persiguiendo las mayores opciones de éxito para el cliente.
    • Informamos al cliente, de forma continua, de las resoluciones recaídas y actuaciones realizadas, para que tenga un conocimiento íntegro del curso del procedimiento.

    Pon tu tranquilidad en nuestras manos